Empleadas Domésticas: Cómo darse de alta en la obra social y que cobertura le corresponde por ley. Toda la información.
Muchas interrogantes surgen al momento de preguntarse que cobertura me corresponde por ley y cómo darse de alta en la obra social si soy empleada doméstica. En las próximas líneas encontrará toda la información al respecto.
Empleadas Domésticas: Cómo darse de alta en la obra social y que cobertura me corresponde por ley. Toda la información.
¿Cómo saber que obra social tengo si soy empleada doméstica?
Una de las preguntas más recurrentes es, ¿Cómo saber que obra social tengo si soy empleada doméstica? Lo primero que hay que tener en cuenta es que la empleada doméstica debe estar registrada formalmente, esto significa que debe de contar con recibo de sueldo donde se consigne los aportes de obra social.
No solamente le corresponde por ley una cobertura de obra social, sino también contar con cobertura de ART (Aseguradora de Riesgos del Trabajo) y Aportes a la Seguridad Social (para su futura jubilación), además de S.A.C (Sueldo Anual Complementario) o también conocido como "Aguinaldo" y vacaciones pagas.
Todo esto esta regulado por la Ley Nº 26.844 - Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.
¿Qué obra social le corresponde a las empleadas domésticas?
Hay que tener en cuenta que por "defecto" la obra social para las empleadas domésticas es la O.S.P.A.C.P. (Obra Social para el personal auxiliar de casas particulares).
Esto considerando que la trabajadora no posea una obra social por "opción" previa, ya que los aportes que realice su empleador se dirigirán hacia la obra social que posea registrada en la S.S.S (Superintendencia de Servicios de Salud).
Para consultar que obra social posee actualmente podrá chequear la misma desde la web de la Superintendencia de Servicios de Salud. Luego deberá colocar su número de CUIL y a continuación podrá visualizar la información. En caso que usted posea la Obra Social para el personal auxiliar de casas particulares (O.S.P.A.C.P.) figurará con el código de obra social correspondiente de la siguiente manera:
Tipo de beneficiario: SERVICIO DOMESTICO (LEY 26.068)
Código de Obra Social: 1-0360-0
Denominación Obra Social: OBRA SOCIAL DEL PERSONAL AUXILIAR DE CASAS PARTICULARES.
Si desea saber que obra social le corresponde por vía telefónica, también podrá hacerlo llamando al teléfono 130 de Anses con la opción automática 4 y luego opción 3, las 24 horas, los 365 días del año.
¿Qué cobertura de obra social me corresponde por ley si soy empleada doméstica?
La cobertura de obra social por ley que le corresponde de forma obligatoria, es el P.M.O (Plan Médico Obligatorio), con lo cual los Agentes del Seguro de Salud se encuentran obligados a brindar exclusivamente las especialidades reconocidas por la autoridad sanitaria nacional. Las especialidades son: Anatomía Patológica, Diagnóstico por imágenes: Radiología, tomografía computada, resonancia magnética, Anestesiología, Cardiología y ecografía, Cirugía cardiovascular, Endocrinología, Cirugía de cabeza y cuello, Infectología, Cirugía general, Fisiatría (medicina física y rehabilitación), Cirugía infantil, Cirugía plástica reparadora, Gastroenterología, Cirugía de tórax, Geriatría, Clínica médica, Ginecología, Dermatología, Hematología, Hemoterapia, Oftalmología, Medicina familiar y General, Oncología, Medicina nuclear: diagnóstico y tratamiento, Ortopedia y traumatología, Nefrología, Otorrinolaringología, Neonatología, Pediatría, Neumonología, Psiquiatría, Neurología, Reumatología, Nutrición, Terapia intensiva, Obstetricia, Urología.
¿Qué documentación necesito para darme de alta en la obra social de las empleadas domésticas?
Para darse de Alta en la Obra Social del Personal Auxiliar de Casas Particulares (O.S.P.A.C.P.) deberá contar con la siguiente documentación, sumado a los formularios de empadronamiento a la obra social, la misma es:
Los formularios de empadronamiento deben ser presentados con la siguiente documentación:
- Fotocopias de la constancia de CUIT empleador. Si el empleador es trabajador en relación de dependencia, deberá presentar fotocopia de la constancia del número de CUIL o constancia de monotributo.
- Fotocopia de alta del Empleador del Servicio Doméstico en la AFIP.
- 2 Fotos color 4×4 (frente) del empleado.
- Los empleados extranjeros que no posean DNI deberán presentar fotocopia de residencia precaria en el país otorgada por migraciones.
- Fotocopia del CUIL del empleado.
- Fotocopia de último aporte (F102/RT).
- Fotocopia del DNI del empleado, primera y segunda hoja.
- Fotocopia recibo de sueldo según resolución 077/2000 Art. 1° o recibo de pago form. 102
- Formulario Beneficiario OSPACP
- Formulario Empleador OSPACP