En diciembre de 2025 se acreditará la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC). Este artículo detalla cuándo se paga el aguinaldo y cómo se calcula el monto correspondiente al cierre del año.
Fechas de cobro del aguinaldo de diciembre 2025
La legislación establece que el aguinaldo debe abonarse antes del 18 de diciembre de 2025. Este plazo corresponde a la segunda cuota anual del SAC, aplicable a trabajadores registrados y personal del sector público. Además, existe un margen legal de cuatro días hábiles adicionales, lo que habilita a que algunos empleadores lo depositen hasta el 23 o 24 de diciembre, según el cómputo de días laborables.
En el caso de jubilados y pensionados, la acreditación se realiza junto con el haber mensual de diciembre, siguiendo el calendario que difunde la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) en los primeros días del mes. Ese cronograma determina el orden de pago según la terminación del documento.
Cálculo del Sueldo Anual Complementario
El SAC equivale al 50% del mejor sueldo bruto mensual del segundo semestre del año. No se calcula un promedio: se toma el mes con la remuneración más alta entre julio y diciembre. Ese monto incluye conceptos remunerativos como salario básico, horas extras, adicionales, comisiones y valores percibidos por feriados o licencias.
Por ejemplo, si el sueldo más elevado del periodo fue de $2.500.000, el aguinaldo corresponderá a $1.250.000. Este criterio se aplica a empleados del sector privado, personal estatal, trabajadores rurales y empleadas domésticas registradas.
Quiénes cobran y quiénes quedan excluidos
Reciben el aguinaldo de diciembre 2025 los trabajadores registrados, el personal de casas particulares, empleados públicos, trabajadores rurales, contratados formales y los beneficiarios del sistema previsional nacional. Quedan excluidos quienes no poseen relación laboral registrada, los autónomos, monotributistas y titulares de determinados programas sociales, que no contemplan el pago del SAC.
Aspectos a verificar en la liquidación
Se recomienda revisar el recibo de sueldo o comprobante de pago para confirmar que el cálculo incluya únicamente conceptos remunerativos y que el depósito se haya realizado dentro de los plazos previstos. Ante inconsistencias o demoras, los trabajadores pueden iniciar un reclamo ante la autoridad laboral correspondiente, mientras que los jubilados deben gestionar consultas a través de ANSES.

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