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12 diciembre 2025

ANSES: Un grupo de Jubilados y Pensionados dejará de cobrar el bono de $70.000 en enero 2026

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La movilidad y los refuerzos extraordinarios para el sistema previsional vuelven a generar consultas entre jubilados y pensionados. A partir de las últimas definiciones y los valores provisorios de inflación, la ANSES ajustó los topes para el bono de $70.000, por lo que un sector específico de beneficiarios dejará de percibir el monto completo desde enero de 2026.

Foto Ilustrativa.

Marco temporal y dato de referencia

La actualización de los haberes que aplicará la ANSES en enero de 2026 se definirá tras la publicación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de noviembre, que el Indec difundió el 11 de diciembre. Ese indicador es la base para calcular la movilidad mensual que rige a partir del mes siguiente.



Proyecciones del aumento para enero de 2026

Las encuestas de expectativas del mercado anticiparon una inflación de noviembre cercana al 2,3%–2,4% como referencia para el ajuste previsional. Esas proyecciones fueron utilizadas por analistas y medios para estimar los nuevos haberes antes del dato oficial.

Haberes estimados con una suba del 2,3%

Con una suba mensual aproximada del 2,3%, las estimaciones públicas sitúan algunos parámetros del sistema previsional en los siguientes valores (cifras representativas y sujetas a la confirmación final por Indec/ANSES):

Jubilación mínima: $348.719,82.

Jubilación mínima + bono de $70.000: $418.719,82.

PUAM (mínima): $278.975,85.

PNC por vejez o discapacidad: $244.103,87.

PNC para madres de siete hijos: $348.719,82.

Jubilación máxima: $2.346.554,25.



Nuevos topes: quiénes quedan excluidos del bono

El Gobierno fijó límites para la asignación del refuerzo de $70.000. Según la norma y las comunicaciones oficiales y periodísticas, los jubilados y pensionados cuyas remuneraciones mensuales superen el tope máximo no tendrán derecho al bono completo en enero de 2026.

Umbrales concretos y exclusiones

Quedan excluidos del cobro del bono completo quienes perciban haberes por encima de $418.719,82. Esa cifra surge de la suma de la jubilación mínima estimada más el refuerzo de $70.000, y constituye el techo que determina la exclusión automática.



Pago proporcional para haberes intermedios

Los beneficiarios con ingresos mayores a $348.719,82 pero inferiores al tope de $418.719,82 accederán a un pago proporcional. El mecanismo busca que ningún ingreso final supere ese máximo, aplicando un cálculo parcial del refuerzo hasta alcanzar el tope establecido.

Quiénes recibirán el bono completo

Según las disposiciones, continuarán recibiendo el bono íntegro los jubilados y pensionados del SIPA que perciban el haber mínimo, las personas beneficiarias de las Pensiones No Contributivas (PNC) y los titulares de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) que cobren la mínima. Estos grupos son los destinatarios formales del refuerzo.



Impacto práctico para los cobros de enero

En la práctica, la combinación entre el dato oficial del IPC y los topes definidos implicará que un segmento de la población previsional pierda el acceso al bono completo en enero de 2026, mientras que otros percibirán un proporcional o el monto íntegro según su situación salarial. Los números finales dependerán de la formalización por parte de ANSES y de la publicación del IPC.

Recomendaciones informativas

Las personas interesadas en confirmar su condición y el importe exacto deben consultar las comunicaciones oficiales de ANSES y el calendario de pagos que se publicará con la liquidación del mes. Los medios especializados y los boletines oficiales suelen publicar tablas y ejemplos que facilitan la verificación individual del cobro.

11 diciembre 2025

Un comodorense se llevó más de 144 millones de pesos al acertar "La Poceada"

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Un apostador de Comodoro Rivadavia resultó único ganador del premio mayor de la Quiniela Poceada de la provincia de Chubut tras acertar los siete números sorteados, en un hecho que fue confirmado por la Lotería.

El hecho

El sorteo realizado la noche del sábado 6 de diciembre de 2025 dejó un único ganador que obtuvo el premio mayor de la Quiniela Poceada, por un importe de $144.520.192,58. La confirmación fue difundida por la entidad oficial encargada del juego.

La noticia tuvo rápida repercusión en medios locales y en los canales oficiales de la Lotería del Chubut.



Detalles del ticket y la agencia vendedora

El ticket ganador fue vendido en la Agencia N.º 6019, ubicada en Avenida Rivadavia 2272, en Comodoro Rivadavia, entre Islas Malvinas Sur y Pasaje Machado. La agencia figura como punto de venta tradicional de este producto en la ciudad.

Por la venta del boleto ganador, la agencia vendedora percibirá además un premio estímulo equivalente a aproximadamente $1.459.799,93, según informó la Lotería del Chubut.



Números sorteados y modalidad

Los siete números que resultaron ganadores en el sorteo fueron: 10, 11, 26, 30, 38, 40 y 52. El apostador que combinó esa secuencia fue el único en obtener los siete aciertos y, por lo tanto, quedó adjudicatario del premio mayor.

La extracción y los números fueron publicados en los comunicados y en el extracto oficial del sorteo.



Reacción oficial y estado del pozo

Representantes de la Lotería del Chubut señalaron que se trata de un hecho significativo para la provincia y destacaron que el pago se realiza conforme al reglamento del organismo.

Tras la adjudicación del premio, el pozo acumulado de la Poceada se reinició y, desde el martes 9 de diciembre de 2025, quedó establecido en $50.000.000 para próximos sorteos.



Cómo se juega a la Poceada de Chubut

La Quiniela Poceada exige elegir 7 números entre 00 y 99. Las combinaciones pueden generar premios al obtener 7, 6 o 5 aciertos, siendo el premio mayor para la totalidad de los siete aciertos.

El valor del ticket informado por la Lotería del Chubut es de $1.000 por jugada y el sorteo se realiza de lunes a sábados por la noche. Tras la existencia de un ganador que se llevó el pozo acumulado, el monto para el próximo sorteo parte del punto de arranque informado por el organismo.

La reforma laboral que propone el Gobierno explicada paso a paso

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La propuesta de reforma laboral presentada por el Gobierno de Javier Milei introduce modificaciones amplias en las reglas que regulan el empleo en todo el país. A continuación se ofrece una guía clara que describe, punto por punto, los cambios principales y sus posibles efectos sobre salarios, indemnizaciones, jornada y sindicatos.

Foto: Manuel Adorni en X.

Qué es la reforma laboral que impulsa el Gobierno

Se trata de un proyecto de ley que reformula aspectos centrales del Derecho del Trabajo en Argentina: desde la forma de pagar salarios hasta los mecanismos de desvinculación, las reglas sobre huelgas y la estructura de negociación colectiva. El texto propone instrumentos nuevos —como un fondo de asistencia laboral y mecanismos de negociación por empresa— y modifica reglas vigentes, como la continuidad automática de los convenios (la llamada ultraactividad).



Puntos principales en pocos segundos

Entre los cambios más relevantes que incluye la iniciativa figuran: la posibilidad de pagar sueldos en dólares o a través de billeteras virtuales, la creación de un Fondo de Asistencia Laboral (FAL) que opera como alternativa al esquema indemnizatorio tradicional, la implementación de un banco de horas, la ampliación de servicios que deben garantizar actividad mínima en huelgas, la eliminación de la ultraactividad de convenios y nuevas obligaciones y límites para asambleas y acción sindical.

Cómo podrían cambiar los salarios: dólares y billeteras virtuales

El proyecto habilita que empleador y trabajador acuerden libremente el pago del salario en moneda extranjera, principalmente dólares, siempre que existan condiciones de acuerdo entre las partes. Además, se prevé la posibilidad de acreditar remuneraciones en billeteras virtuales o plataformas digitales, modalidad que ahora no tiene codificación explícita en la normativa laboral. Estas medidas acompañan una propuesta de flexibilizar formas de convenio y pagos, incluyendo la denominada negociación dinámica para complementos por productividad o desempeño.

Indemnizaciones: nuevos cálculos y la opción de un fondo

La iniciativa propone un cambio sustantivo en el cálculo y la financiación de las indemnizaciones por despido. En el cálculo se excluyen rubros como aguinaldo, vacaciones y premios, lo que reduce el monto base de liquidación. Además, se fija un mecanismo de actualización en juicios (una fórmula indexada con ajuste por inflación más un porcentaje) y se habilita el pago de sentencias en cuotas.

En paralelo, se crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), que opera como un mecanismo de previsión: el empleador puede aportar un porcentaje del salario (en los textos periodísticos y el borrador mencionado se indica en torno al 3%) a cuentas individuales destinadas a cubrir indemnizaciones futuras. El acceso al FAL es parte del esquema alternativo —quien no adhiera mantiene el sistema tradicional— y si el fondo no cubre la totalidad de la indemnización, el empleador debe completar la diferencia. El aporte al FAL también contempla beneficios fiscales, como deducciones o reducción de cargas en los borradores comunicados.



Vacaciones: posibilidad de dividirlas

El proyecto admite que el descanso anual pueda fraccionarse en más de un tramo, con periodos mínimos convencionales (por ejemplo, bloques de siete días corridos). Mantiene, no obstante, la obligación de garantizar un período de descanso estival al menos cada cierto número de años, según el texto difundido por fuentes oficiales y análisis periodísticos.

Banco de horas y cambios en la jornada laboral

Se incorpora formalmente la figura del banco de horas, por la cual horas extras trabajadas pueden ser acumuladas y compensadas luego con días libres o jornadas reducidas, como alternativa al pago inmediato con recargo. El proyecto mantiene el derecho a percibir horas extra con recargos (habitualmente 50% o 100% según la hora), pero habilita acuerdos que permitan jornadas extendidas —con tope posible de hasta 12 horas en convenios específicos— si existe consenso entre partes.

Derecho a huelga: servicios mínimos y categorías

La iniciativa amplía y categorizó los servicios que deben garantizar niveles mínimos de funcionamiento durante una huelga. Define dos categorías: servicios esenciales, que requerirían garantizar un porcentaje elevado de actividad (en el borrador se menciona alrededor del 75% para ciertas tareas), y servicios de importancia trascendental, con un piso menor (alrededor del 50%). Entre los sectores incluidos se señalaron telecomunicaciones, aeronáutica comercial, control de tráfico portuario, aduanas y migraciones, además de la educación en la mayoría de sus niveles.



Cambios en los sindicatos: asambleas, personería y bloqueos

El texto modifica aspectos de la Ley de Asociaciones Sindicales: requiere reglas más estrictas para las asambleas en horario laboral —incluyendo la necesidad de autorización o condiciones que eviten la interrupción de la actividad normal— y establece que ese tiempo no será remunerado. Se tipifican como infracciones graves los bloqueos o tomas de fábricas. Además, se regula la obtención de personería gremial por empresa cuando un sindicato intraempresa supere en afiliados al gremio tradicional por un período continuo (por ejemplo, seis meses). Estas medidas alteran la estructura de representación colectiva y la dinámica de negociación.

Fin de la “ultraactividad”: qué implica

La eliminación de la ultraactividad significa que, una vez vencido un convenio colectivo, sus cláusulas no seguirían aplicando automáticamente hasta la firma de un nuevo acuerdo. Ello implica que convenios de menor ámbito (por empresa) podrían prevalecer sobre convenios sectoriales y que condiciones mínimas —pero no la totalidad de los acuerdos anteriores— pasarían a regir mientras se negocian nuevos pactos. Esta modificación desplaza el centro de la negociación hacia acuerdos por empresa y abre la posibilidad de que condiciones históricas pierdan vigencia si no se readecuan en tiempo.

Blanqueo laboral e incentivos para la contratación

El proyecto incorpora medidas para promover la formalización del empleo: incentivos temporales en contribuciones patronales para empresas que incrementen planteles registrados y programas de blanqueo que contienen condonación parcial de multas, facilidades de pago y extinción de determinadas acciones penales durante plazos acotados. Estas disposiciones buscan reducir la economía informal mediante estímulos fiscales y regímenes transitorios.



Qué viene ahora

El proyecto fue presentado para su tratamiento en el Congreso y puede sufrir cambios durante el debate legislativo: comisiones, audiencias públicas y enmiendas pueden modificar texto y alcance de cada artículo. El resultado final definirá el nuevo marco laboral aplicable a empleadores, trabajadores y sindicatos. Mientras tanto, organismos públicos, centros de estudio y sindicatos analizan el impacto y las posibles vías de implementación de las nuevas reglas.

10 diciembre 2025

Últimos días para cobrar lo retenido de la AUH ANSES ¿Cómo hacer el trámite online?

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La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) habilita la presentación de la Libreta AUH para que los titulares accedan al pago acumulado que corresponde al 20% retenido durante el año. A continuación se detallan los montos, el trámite digital y la fecha límite.

Foto Ilustrativa.

Qué es el “extra retenido” de la AUH

El denominado “extra retenido” corresponde al 20% de la Asignación Universal por Hijo (AUH) que ANSES retiene mensualmente y libera en una única cuota cuando el titular presenta la Libreta AUH o el comprobante equivalente. Este mecanismo busca certificar el cumplimiento de controles de salud y escolaridad de los menores a cargo.



Montos y actualización de diciembre 2025

Para diciembre de 2025 la AUH tiene un valor total informado por el organismo, y sobre ese importe se aplica la retención mensual del 20%. Ese equilibrio hace que el pago directo mensual represente el 80% del monto total, mientras que el restante 20% se cobra por única vez al presentar la Libreta. En diciembre el importe por menor informado para la AUH y el cálculo del 20% figuran en los cronogramas oficiales.



Quiénes pueden cobrar el pago acumulado

Podrán acceder al pago acumulado los titulares de la AUH que acrediten, mediante la Libreta AUH u otro formulario oficial, que los niños y adolescentes a cargo cumplieron con los controles de salud y la asistencia escolar exigida por ANSES.

Qué certifica la Libreta AUH

La Libreta AUH certifica, de forma oficial, que por cada menor a cargo se realizaron los controles de salud y vacunación y que hubo asistencia regular a la escuela. Además, la presentación de la Libreta habilita el cobro de la Ayuda Escolar Anual, un pago único destinado a cubrir gastos vinculados al inicio del ciclo lectivo.



Fecha límite para presentar la Libreta AUH

ANSES estableció como fecha límite el 31 de diciembre de 2025 para presentar la Libreta correspondiente y cobrar el 20% acumulado del año en curso. Si el formulario no se entrega dentro de ese plazo, el titular pierde el derecho al monto acumulado, aunque continuará recibiendo el 80% mensual de la prestación.



Trámite digital: pasos para cobrar el “extra retenido”

El trámite es gratuito, no requiere turno y puede realizarse de forma digital a través de la plataforma Mi ANSES. Los pasos que deben seguirse son:

1. Ingresar a Mi ANSES (web o aplicación), acceder a la sección Hijos y seleccionar Libreta AUH para descargar el formulario correspondiente.

2. Imprimir la Libreta y completar la sección Salud en el centro sanitario y la sección Educación en la escuela del menor, solicitando las firmas y sellos requeridos.

3. Sacar una foto clara del formulario completo y firmado (formato JPG, menos de 3 MB) y guardar el archivo en el dispositivo.

4. Volver a Mi ANSES, entrar en Libreta AUH y elegir la opción Subir Libreta AUH. Seguir los pasos del sistema hasta recibir el correo de confirmación que acredita la presentación.