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19 mayo 2022

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Créditos del Banco Nación para Refacción de Viviendas ¿Cuáles son los requisitos y cómo acceder?

Créditos del Banco Nación para Refacción de Viviendas ¿Cuáles son los requisitos y cómo acceder?



El Banco de la Nación Argentina abre una nueva líneas de créditos a sola firma para refacción o construcción de vivienda en 2022. ¿Cuáles son las condiciones y quienes pueden solicitarlos?

Créditos del Banco Nación para Refacción de Viviendas ¿Cuáles son los requisitos y cómo acceder?

Créditos del Banco Nación para Refacción o Construcción de Viviendas en 2022

El Banco Nación otorga préstamos a sola firma para aquellas personas que deseen refaccionar y mejorar su vivienda, como así también poder terminarla (que se encuentre al menos 60% avanzada) en caso de todavía no haberlo hecho.

Estos préstamos personales están destinados a viviendas de ocupación permanente, siendo esta donde la familia debe residir de forma estable sin posibilidad de darle un destino comercial.

Estos créditos a sola firma, significa que la persona no tendrá que prendar un bien mueble ni tampoco hipotecar una casa. Las cuotas a pagar de este crédito se descontarán de tu cuenta y los intereses no conllevan IVA, conforme la RG AFIP 680/99 y se podrá cancelar de manera anticipada sin cargo alguno.



¿Quiénes pueden solicitar este préstamo personal?

Podrán solicitarlo aquellas personas humanas (no físicas) que se encuentren en relación de dependencia o contratados, aquellos trabajadores independientes y monotributistas. Por otro lado, también podrán solicitarlo jubilados y/o pensionados.

Está permitido que lo soliciten dos usuarios como máximo, y uno de ellos debe ser el propietario del inmueble único y de ocupación permanente; o bien, que cada usuario sea propietario de esa vivienda en un 50% cada uno, siempre que acredite que no reside en la misma, debido a un divorcio o aceptación de donación con usufructo gratuito vitalicio, a favor de otra persona/s.

Una de las circunstancias que se verificarán, será que quien solicita el crédito no sea titular de otro inmueble apto para vivienda, por lo que deberá presentar un formulario de Índice de Titularidad dado por el Registro de la Propiedad Inmueble que corresponda según la provincia en que se encuentre.

¿QUÉ INTERÉS SE APLICA A ESTE CRÉDITO?

Para aquellas personas en relación de dependencia, jubilados y/o pensionados, monotributistas o trabajadores independientes:

- En el primer año del préstamo la tasa de interés fija es del 27% nominal anual.

- Desde el mes 13 y hasta el mes 36 la tasa es variable, la cual se calcula anualmente aplicando el “Porcentaje del Incremento del Coeficiente de Variación Salarial”, correspondiente al año anterior.

- Desde el mes 37 se aplica la tasa BADLAR SECTOR PRIVADO multiplicada por 1.3, de manera anual, la cual se toma a 5 días hábiles anteriores al último día hábil del mes de noviembre, aunque la misma no debe ser superior a la tasa de préstamos personales – Libre destino – Cartera Haberes que se encuentre vigente en ese momento.



Para los demás usuarios:

- La tasa de interés es variable anual, calculada con la tasa de BADLAR SECTOR PRIVADO, la cual se toma a 5 días hábiles anteriores al último día hábil del mes de noviembre por 1.6, la misma durante el tiempo que dure el préstamo.

CUESTIONES IMPORTANTES DEL CRÉDITO

- El crédito es en PESOS, monto máximo a otorgar $4.000.000

- Las cuotas de este préstamo se liquidan mensualmente y por sistema francés.

- El plazo para pagarlo como máximo es de 10 años.

- En cuanto a la proporción de apoyo: hasta el 100% del presupuesto de obra que no supere los 4 millones, pero tampoco deberá ser superior al 50% de lo que surja de la tasación de la vivienda anterior a la obra.

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