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14 junio 2023

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AFIP duplica reintegro por compras con tarjeta de débito para jubilados y beneficiarios de la AUH ANSES: Cómo inscribirse.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha anunciado una medida que beneficiará a los sectores más vulnerables de la población. A través de la Resolución General 5360/2023, publicada recientemente en el Boletín Oficial, la AFIP decidió duplicar el monto del reintegro por compras realizadas con tarjeta de débito para jubilados y beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH). Esta ampliación se llevará a cabo hasta el 31 de diciembre de 2023, brindando un apoyo adicional a aquellos que más lo necesitan.

Ampliación del reintegro y nuevos montos

A partir del vencimiento de la etapa actual, el reintegro por consumos realizados con tarjeta de débito se incrementará en un 100% y se extenderá por seis meses adicionales, abarcando todo el año en curso. Anteriormente, el reintegro mensual máximo por titular era de $2.028, pero con esta medida se duplicará a $4.056. Para aquellos beneficiarios que reciben dos o más asignaciones, como los casos de las familias con varios hijos que reciben la Asignación Universal por Hijo, el monto máximo aumentará de $4.057 a $8.114.

Quiénes se benefician

La medida implementada por la AFIP, en línea con la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva de 2019, brinda apoyo a varios grupos de personas. Los beneficiarios incluyen a los jubilados que reciben el haber mínimo, aquellos que reciben la pensión mínima por fallecimiento o la pensión no contributiva nacional, y los titulares de asignaciones universales por hijo (AUH), asignaciones por hijo con discapacidad y asignaciones por embarazo (AUE). Esta iniciativa busca aliviar la carga financiera y mejorar la calidad de vida de estos sectores vulnerables.

Productos y establecimientos cubiertos

El reintegro corresponderá al 15% del monto de compra y se aplicará a los consumos realizados en farmacias, comercios y mayoristas.

En el caso de supermercados y kioscos, estarán cubiertos los productos alimenticios, mientras que en las farmacias se incluirán productos farmacéuticos, de herboristería, cosméticos, de tocador y perfumería. Es importante tener en cuenta que para acceder a este beneficio, los consumos deben realizarse con la tarjeta de débito asociada a la cuenta donde se cobra la prestación.

Mecanismos de reintegro

Los fondos reintegrados se acreditarán automáticamente en un plazo de 24 a 48 horas después de finalizada la compra, dependiendo de si se realiza antes o después de las 17 horas. La acreditación se realizará en la cuenta bancaria donde se cobra la prestación o asignación. Además, los reintegros también se aplicarán a las operaciones pagadas con tarjetas de débito a través de Pago Electrónico Inmediato (PEI) o códigos de respuesta rápida (QR), brindando múltiples opciones para beneficiarse de esta medida.

Justificación y exclusiones

La AFIP ha justificado la extensión de este beneficio en los considerandos de la resolución, destacando que el régimen ha demostrado ser efectivo para brindar ayuda a los sectores mencionados y fomentar el uso de medios electrónicos de pago. Sin embargo, es importante tener en cuenta que esta medida no se aplica a los jubilados que reciben una pensión superior al mínimo establecido, a los trabajadores autónomos o empleados bajo relación de dependencia, ni a los monotributistas que no estén adheridos a ciertos regímenes especiales. Además, aquellos que tributen impuestos sobre Ganancias o Bienes Personales no podrán beneficiarse de esta medida.

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