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10 febrero 2023

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Fallo ejemplar: Le quitaron la licencia de conducir a deudor de la cuota alimentaria. Sucedió en Neuquén.

Adeudaba la cuota alimentaria desde el 2018. "Debe ser privado del acceso a algún derecho", afirmó la jueza en respuesta al reclamo presentado por su ex pareja.

Le suspenden la licencia de conducir por no abonar la cuota alimentaria

Un residente de la provincia de Neuquén había acordado pagar $4000 para sus hijos a través de la Justicia, pero nunca cumplió con el acuerdo y, como resultado, le suspendieron la licencia de conducir por un año y lo condenaron a realizar tareas comunitarias.

El acuerdo fue firmado en junio de 2018 después de la separación de la pareja, pero nunca se hizo el pago. La Justicia lo intimó, pero él se negó y fue anotado en el registro de Deudores Alimentarios Morosos.

Además, por cada día que no cumpla con la deuda, se le cobrará $1500, pero no se puede embargar ninguno de sus bienes ya que no tiene vehículos, propiedades ni cuentas bancarias a su nombre.

La mujer, junto con sus abogadas, le pidió a la jueza que haga tareas comunitarias y le saquen la licencia de conducir por un tiempo, y la jueza aceptó. 

El hombre ahora deberá realizar 20 horas mensuales de tareas comunitarias en espacios verdes o capacitación comunitaria de la Municipalidad de Neuquén durante tres meses.

La Ley Provincial 13.074 en su Articulo 3° especifica que "Todo obligado al pago de cuota alimentaria cuya obligación conste en sentencia firme o convenio debidamente homologado que incumpliera con el pago de tres veces continuadas o cinco alternadas una vez intimado y si no hubiere podido demostrar su cumplimiento deberá ser inscripto inmediatamente por orden judicial y a solicitud de parte mediante oficio al Registro de Deudores Alimentarios Morosos".

La misma Ley en su Articulo 5° especifica que "Las instituciones y organismos públicos oficiales, provinciales o municipales, no darán curso a los siguientes trámites o solicitudes sin el informe correspondientes de la R.D.A. con el “libre deuda registrada”. A) solicitudes de apertura de cuentas corrientes y de otorgamiento o renovación de tarjetas de crédito, como también cualquier otro tipo de operaciones bancarias o bursátiles que la respectiva reglamentación determine; b) Habilitaciones para la apertura de comercios y/o industrias; y c) Concesiones, permisos y/o licitaciones –Para el supuesto de solicitud o renovación de créditos se exigirá el informe y será obligación de la Institución bancaria otorgante depositar lo adeudado a la orden del juzgado interviniente. La solicitud de la licencia de conductor o su renovación se otorgará provisoriamente por cuarenta y cinco (45) días, con la con la obligación de regularizar su situación dentro de dicho plazo para obtener la definitiva."

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