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04 mayo 2022

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Pretenden ampliar las licencias por Paternidad y Maternidad: ¿Cuantos días de licencia son con la nueva ley?

Pretenden ampliar las licencias por Paternidad y Maternidad: ¿Cuantos días de licencia son con la nueva ley?



El Gobierno nacional busca ampliar los días de licencia por Paternidad y Maternidad. Esta nueva ley permitirá a nuevos beneficiarios gozar de la licencia.

Pretenden ampliar las licencias por Paternidad y Maternidad: ¿Cuantos días de licencia son con la nueva ley?

El Presidente de la Nación, Alberto Fernández ha presentado un proyecto de ley en el cual se busca ampliar la licencia por maternidad y la licencia por paternidad. El texto de este proyecto busca ampliar la cantidad de días otorgados a las nuevas madres y padres, pero también, este beneficio se extiende a pequeños contribuyentes (monotributistas categorías A y B) y a trabajadores de casas particulares.

Nuestra normativa establece que el régimen por paternidad es de solamente 2 días corridos de acuerdo a la Ley de Contrato de Trabajo N°24240; lo que hace que aquellos padres no puedan formar parte de los primeros días de vida de sus primogénitos.



A su vez, la normativa establece el régimen por maternidad es de 90 días, siendo asi 8 días menos de lo que aconseja la Organización Internacional del Trabajo (OIT), o sea, licencia de 98 días para las madres.

Este proyecto fue elaborado y redactado por la Mesa Interministerial de Cuidados, presentado por el Gobierno Nacional a los fines de ser tratado por ambas Cámaras.

NUEVA LEY LICENCIAS POR MATERNIDAD Y PATERNIDAD

La misma será llamada LEY CUIDAR EN IGUALDAD, como su nombre lo dice, se busca lograr una igualdad y paridad en las licencias.

Además, se busca incorporar a nuevos beneficiarios, tales como monotributistas, trabajadores informados y empleada/os domestica/os, ya que en la actualidad estos trabajadores no se encuentran bajo el régimen de licencias, y con la aprobación de este proyecto, de ser así, tendrán los mismos beneficios que aquellos empleados en relación de dependencia.

Para los trabajadores de casas particulares, se les pagará un Salario Mínimo Vital y Móvil, pagos realizados por ANSES, por lo que requiere que los datos personales estén cargados en la página web oficial del organismo previsional.

Para las personas GESTANTES, es decir, aquellas personas que lleven adelante el embarazo, se propone una licencia de 126 días, y para aquellos NO GESTANTES se propone una licencia de 90 días; la misma cantidad de días para el régimen agrario.



Actualmente no existe una licencia por ADOPCIÓN, por lo que este proyecto busca la creación de la misma, la cual sería de 90 días.

Para aquellos NO GESTANTES, se aplicará progresivamente. Cuando la ley entre en vigencia sería de 15 días de licencia, a los 2 años de entrada en vigencia sería de 30 días, a los 4 años de entrada en vigencia sería de 45 días, a los 6 años de entrada en vigencia sería de 60 días y por último, a los 8 años de entrada en vigencia sería finalmente de 90 días.

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