AFIP: Relanzan los Creditos a Tasa Cero para Monotributistas 2021: Como hay que hacer?.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), relanza los Créditos a Tasa Cero para Monotributistas en 2021. Cuales son los montos y requisitos para solicitar los Créditos de AFIP?.
Tal como se hubiera implementado durante el 2020 para enfrentar la crisis, la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) entidad que lleva adelante Mercedes Marco del Pont, relanza los Créditos a Tasa Cero para Monotributistas en 2021.
Que montos se pueden solicitar en los Créditos a Tasa Cero de AFIP para Monotributistas en 2021?
Los montos varían de acuerdo a la categoría de Monotributo del contribuyente:
- Categoría “A” de Monotributo: hasta $90.000
- Categoría “B” de Monotributo: hasta $120.000
- Resto de las categorías: hasta $150.000.
- En la última semana del mes de agosto los contribuyentes podrán solicitar los Créditos a Tasa Cero 2021 a través del sistema en la página web de la AFIP.
- En la web de AFIP se deberá ingresar con clave fiscal y elegir el servicio “Crédito Tasa Cero”.
- En la web se visualizará si el/la contribuyente califica para solicitarlo y el monto del crédito que le corresponde de acuerdo a su categoría. Deberá seleccionar la entidad financiera donde está emitida su tarjeta de crédito para finalizar el trámite.
- Quienes hayan accedido a un Crédito a Tasa Cero el año pasado podrán tramitar un nuevo préstamo en 2021. Cuando el solicitante se encuentre en situación de mora, la entidad financiera destinará una parte del nuevo crédito a cancelar el saldo adeudado del préstamo anterior.
- Los contribuyentes deben de encontrarse adheridos al régimen del monotributo y cumplir las condiciones establecidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo
- No encontrarse percibiendo un ingreso en relación de dependencia, cobrando una jubilación o prestación del estado, y no prestar servicios al sector público (es decir, cuando al menos el 70% de su facturación fue emitida a favor de jurisdicciones o entidades del sector público)
- No encontrarse en situaciones 3, 4, 5 o 6 en la central de deudores del BCRA.
- Los beneficiarios no podrán acceder al mercado libre de cambio ni concertar operaciones de venta en el país de títulos con liquidación en moneda extranjera, ni canjes de títulos valores por otros activos externos o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior.
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